Autor: Laura San Martino

Encuadernación: Rústica

Páginas: 415

Edición: 1ª

Año: 1999

ISBN: 987-507-117-X

Esta investigación es un estudio preliminar al texto de Carlos III. Esta obra, además de ensayar la explicación introductoria de sus instituciones básicas, nos proponemos demostrar por qué es una Constitución y, en segundo término, por qué es una Constitución Indiana.

El titulo radica en las convicciones de que, sustantivamente, la Real Ordenanza era una auténtica Constitución política de las autonomías regionales en el Virreinato del Río de la Plata.

Esta obra es una Real Ordenanza, un acto de soberanía monárquica y absoluta, pero, en su realidad operativa, tiene todos los caracteres técnicos de una Constitución moderna.

Constitución moderna donde no cabe indagar sobre la causa fuente del poder constituyente, porque es un documento dogmático de la monarquía absoluta pero que, en la realidad existencial y operativa del Virreinato del Río de la Plata, fue un documento de organización social, administrativa y política de la comunidad integrada por las ciudades y luego, provincias fundantes.

Esta Constitución Indiana es una Constitución histórica, forma parte de nuestro Derecho Histórico, de nuestro Derecho Constitucional no vigente, que debe incorporarse al Digesto Jurídico Argentino como lo manda la Ley 24.967, artículo 3º, precisamente porque es cabal testimonio de la historicidad fundacional de la Argentina Federal.

Constitución Indiana de Carlos III

$12.530
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Autor: Laura San Martino

Encuadernación: Rústica

Páginas: 415

Edición: 1ª

Año: 1999

ISBN: 987-507-117-X

Esta investigación es un estudio preliminar al texto de Carlos III. Esta obra, además de ensayar la explicación introductoria de sus instituciones básicas, nos proponemos demostrar por qué es una Constitución y, en segundo término, por qué es una Constitución Indiana.

El titulo radica en las convicciones de que, sustantivamente, la Real Ordenanza era una auténtica Constitución política de las autonomías regionales en el Virreinato del Río de la Plata.

Esta obra es una Real Ordenanza, un acto de soberanía monárquica y absoluta, pero, en su realidad operativa, tiene todos los caracteres técnicos de una Constitución moderna.

Constitución moderna donde no cabe indagar sobre la causa fuente del poder constituyente, porque es un documento dogmático de la monarquía absoluta pero que, en la realidad existencial y operativa del Virreinato del Río de la Plata, fue un documento de organización social, administrativa y política de la comunidad integrada por las ciudades y luego, provincias fundantes.

Esta Constitución Indiana es una Constitución histórica, forma parte de nuestro Derecho Histórico, de nuestro Derecho Constitucional no vigente, que debe incorporarse al Digesto Jurídico Argentino como lo manda la Ley 24.967, artículo 3º, precisamente porque es cabal testimonio de la historicidad fundacional de la Argentina Federal.